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/Comunicado de prensa CANON


Zaragoza 07-agosto 2003

Tras una larga negociación, por fin se ha llegado a un acuerdo entre la Comisión de Soporte de Grabación de ASIMELEC (Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica) que agrupa al 80% de las marcas distribuidas en España de CD-R/DVD, y las Entidades de Gestión de los Derechos de Autor, por el cual se establece un CANON de compensación a los autores por el perjuicio ocasionado por la copia privada sobre ciertos soportes digitales, tal como se venia haciendo con las cintas de audio y video.

El CANON esta previsto en el articulo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual de abril del 96, y se establece para compensar por la copia realizada para uso privado y sin fines lucrativos.

Los puntos principales de este acuerdo son:

1. Los fabricantes u importadores de estos productos (CD-R/RW, DVD +/- R/RW) se comprometen a aceptar la imposición de un canon por la copia privada en los soportes digitales.

2. Las Entidades de Gestión se comprometen a renunciar (y/o paralizar) toda reclamación judicial sobre los soportes comercializados anteriormente a la fecha de entrada en vigor del acuerdo.

3. La fecha de entrada en vigor es el 1 de septiembre de 2003.

4. El CANON se establece por hora de capacidad de grabación. Este, para 2003 y 2004 es de 0.13 EUR para el CD-R/RW de datos, 0.30 EUR para los de Audio, Minidisk y DVD +/-R/RW de datos y 0.70 EUR para DVD+/- R/RW de video. Estas tarifas se verán incrementadas en el 2005.

A continuación se detallan las tarifas por tipo de disco y capacidad:
Por todo esto, a partir del 1 de septiembre, el importador y/o fabricante de los productos mencionados, es el responsable de la recaudación y el pago del CANON que deberá incorporar en factura cobrándolo a su cliente y este al suyo, quien es, en definitiva, quien acaba pagando el CANON.


Javier Subirón Bartolomé
Director de Desarrollo